Cuando Youtube se convierte en tu enemigo
En el Título X, capítulo Primero, de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal se regulan los delitos contra la intimidad y el derecho a la propia imagen entre otros. Uno de ellos es el descubrir los secretos o vulnerar la intimidad sin el consentimiento del otro.
Estos delitos pueden ser castigados con penas de prisión de 1 a 4 años o multas de 12 a 24 meses.
En nuestras búsquedas en motores de búsqueda como Google, por ejemplo, pero sobre todo en redes sociales, podemos encontrarnos imágenes y videos en los que aparecemos y que se han subido sin nuestro consentimiento.
Si estas imágenes o videos en los que aparecemos son inadecuados o excesivos, la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) nos reconoce el derecho a solicitar la eliminación de los mismos.
Para poder ejercer este derecho de cancelación, previamente nos tendremos que dirigir a quien los ha subido y solicitárselo fehacientemente. Si el responsable no nos responde o la respuesta no nos satisface podemos recurrir a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Será entonces cuando la AEPD tutele nuestro derecho de cancelación.
¿Qué hago si hay un video en Youtube que vulnera mis derechos?
Independientemente de acudir a la vía legal, las redes sociales más importantes ponen a disposición de sus usuarios mecanismos para denunciar contenidos inadecuados. Cada red social dispone de sus propios formularios para comunicar las vulneraciones de privacidad o contenidos inapropiados.
YouTube, por ejemplo, ofrece la opción de denunciar en la misma plataforma si consideramos que alguno de los videos que muestra vulnera nuestra privacidad. Del mismo modo, podemos denunciar contenidos sexuales o violentos, casos de acoso, de odio, etc.
Desde Derecho al Olvido podemos realizar todos estos trámites para eliminar las imágenes o vídeos de Internet que te perjudican. Pídenos un presupuesto sin compromiso utilizando el formulario de contacto. Analizaremos tu caso y te responderemos a la mayor brevedad.